Incapacitación, acordada en otro país, de persona adulta. Efectos jurídicos en España (1 octubre 2024) por Javier Carrascosa González, catedrático de Derecho internacional privado de la Universidad de Murcia. Reconocimiento en España de medidas de apoyo o protección para adultos acordadas en otros países. En Derecho español no se puede incapacitar a nadie. En ocasiones resulta preciso reconocer en España la medida de protección de la persona adulta con discapacidad y cuya residencia habitual se encuentra en otro país. Una vez reconocida en España dicha medida de apoyo , el sujeto en cuestión podrá actuar en España conforme a Derecho. Claro que es muy posible que dicha persona puede haber sido declarada «incapaz» en otro país, en el cuál se han acordado «medidas para su protección», como una tutela o una curatela o similar. El problema surge porque, en…
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